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Competencias atribuidas a la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado

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La Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado es el órgano específico de regulación y consulta en materia de contratación del sector público estatal, con independencia de que las entidades operen en los sectores del agua, de la energía, de los transportes y de los servicios postales (artículo 328 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, desarrollado a estos efectos en el Real Decreto 30/1991, de 18 de enero, por el que se establece el régimen orgánico y funcional de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa).

La Junta Consultiva de la Contratación Pública del Estado, siguiendo lo establecido en el artículo 328.3 de la Ley 9/2017, tiene las siguientes funciones: 

  • Promover la adopción de las normas o medidas de carácter general que considere procedentes para la mejora del sistema de contratación en sus aspectos administrativos, técnicos y económicos. 

  • Aprobar recomendaciones generales o particulares a los órganos de contratación que serán publicadas, si de los estudios sobre contratación administrativa o de un contrato particular se dedujeran conclusiones de interés para la Administración.​

  • Informar sobre las cuestiones que se sometan a su consideración y, con carácter preceptivo, sobre todas las disposiciones normativas de rango legal y reglamentario en materia de contratación pública de competencia estatal. Los informes de la Junta Consultiva recaerán sobre cuestiones de contratación pública que presenten carácter general, careciendo de competencia para emitir informes en relación con casos concretos y determinados, sobre un expediente concreto o un contrato o sobre cláusulas específicas a incluir en los pliegos, para estas cuestiones específicas se puede acudir al correspondiente Servicio jurídico.

  • Coordinar el cumplimiento de las obligaciones de información que imponen las Directivas de Contratación. 

  • Ejercer como punto de referencia para la cooperación con la Comisión Europea en lo que se refiere a la aplicación de la legislación relativa a la contratación pública. ​

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