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Organismo Autónomo Parque Móvil del Estado

C/ Cea Bermúdez, 5

28071 Madrid

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Titular de la Dirección General: Miguel Ángel Cepeda Caro

Unidades y teléfonos:

  • Órganos de Gobierno:
    • Presidente.
    • Consejo Rector.
  • Órganos Ejecutivos:
    • Dirección General.
    • Secretaría General y Subdirecciones.
  • Secretaría General
    • Silvia Blázquez Herranz: 913 609 811
  • Subdirección General de Movilidad Oficial
    • José Pedro de Lorenzo Rodríguez: 913 607 011
  • Subdirección General de Gestión Económica
    • María del Carmen García Franquelo: 913 609 870
  • Subdirección General de Recursos Humanos
    • Juan Sanabria Pérez: 913 607 060
  • Unidad de Apoyo
  • Intervención Delegada

COMPETENCIAS :

El Parque Móvil del Estado, O.A. está configurado como un organismo autónomo de los previstos en la Ley 40/2015, de 1 de octubreS’obre en una finestra nova, de Régimen Jurídico del Sector Público, adscrito al Ministerio de Hacienda y Función Pública, a través de la Subsecretaría.

Su estructura y funcionamiento están regulados por el Real Decreto 663/2022 de 1 de agosto, por el que se aprueban los Estatutos del Organismo Autónomo Parque Móvil del Estado, O.AS’obre en una finestra nova.

El Parque Móvil del Estado, O.A., según establece el artículo 17 de sus estatutosS’obre en una finestra nova, consta de dos órganos de gobierno: el Presidente y el Consejo Rector. La presidencia del organismo corresponde a la persona titular de la Subsecretaría del Ministerio de Hacienda y Función Pública, quien ocupará a su vez la presidencia del Consejo Rector. La composición del Consejo Rector, según queda definida en el artículo 19 de los citados estatutosS’obre en una finestra nova, consta de una presidencia, una vicepresidencia, una secretaría y un máximo de 12 vocales.

Los órganos ejecutivos que conforman el organismo, descritos en los artículos 21 al 28 de los estatutosS’obre en una finestra nova, son la Dirección General y cuatro subdirecciones. La persona titular de la Dirección General será quien ocupe la vicepresidencia del Consejo Rector. De la Dirección General dependen la Secretaría General, la Subdirección General de Movilidad Oficial, la Subdirección General de Gestión Económica y la Subdirección General de Recursos Humanos.

El organismo está sometido a la supervisión continua del Ministerio de Hacienda y Función Pública, a través de la Intervención General de la Administración del Estado, conforme a lo dispuesto en el artículo 85.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubreS’obre en una finestra nova.

Según disponen los artículos 5 al 8 del Real Decreto 663/2022 de 1 de agostoS’obre en una finestra nova, el Parque Móvil del Estado, O.A. administra los servicios de automovilismo de la Administración General del Estado, organismos públicos y demás entidades de derecho público, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado, así como los de los órganos constitucionales del Estado, cuando éstos así lo demanden.

Servicios específicos que presta:

  • De representación a los altos cargos de la Administración del Estado, y de los organismos públicos y demás entidades de derecho público, vinculados o dependientes de aquélla, así como a los órganos constitucionales del Estado.
  • Los servicios generales y ordinarios que le demanden los departamentos ministeriales y demás organismos públicos de la Administración General del Estado.
  • Los servicios extraordinarios que, de manera específica y ocasional, le demanden los destinatarios de los anteriores servicios, mediante la oportuna contraprestación económica.

Asimismo, la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del sector público y otras medidas de reforma administrativaS’obre en una finestra nova atribuye al PMEOA la gestión del Registro de Vehículos del Sector Público Estatal (IVO), ejerciendo para ello funciones de homologación de servicios en cuanto a la determinación de los modelos, características y tipos de vehículos. En el capítulo XII de los estatutos del PMEOA. se recogen las disposiciones relativas a la estructura y organización de dicho registro.

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