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Inventario Vehículos Oficiales (IVO)

Logotipo de la aplicación IVO: Abre nueva ventana

La Ley 15/2014Abre nueva ventana, de 16 de septiembre, de racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa (BOE de 17 de septiembre), en su Disposición Adicional Décima confiere al Parque Móvil del Estado, O.A. la gestión del Registro de Vehículos del Sector Público Estatal (IVO), que tiene por objeto agrupar y unificar en un solo archivo todos los vehículos pertenecientes a dicho sector.

Asimismo se establece que la adquisición por compra, renting, leasing o cualquier otro negocio jurídico asimilado que se realice por los organismos y entidades que integran el sector público estatal, definido en el artículo 2 de la Ley 47/2003Abre nueva ventana, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, deberá ser autorizada, con carácter previo, por la Dirección General del Parque Móvil del Estado, O.A., que, a estos efectos, ejercerá funciones de homologación de servicios en cuanto a la determinación de los modelos, características y tipos de vehículos.

La solicitud de autorización previa de adquisición de vehículos del Sector Público Estatal y el acceso al registro de dichos vehículos se realizará exclusivamente a través de la aplicación IVO, cuya url de acceso es la siguiente:

https://srv.serviciosinternos.hacienda.gob.es/pme/IVOAbre nueva ventana  

Requisitos imprescindibles para poder acceder a IVO:

  • Disponer de conexión a la Red SARAAbre nueva ventana.
  • Se debe completar el formulario de designación de perfilesAbre nueva ventana firmado por la persona que ejerce la titularidad del órgano de contratación y enviarlo al buzón COAV@pme.hacienda.gob.esAbre nueva ventana
  • Estar de alta en AutenticAAbre nueva ventana, repositorio horizontal de usuarios de la administración. Todo el personal funcionario en activo con acceso al portal Funcion@ ya lo está. Sin embargo, para comprobarlo, pueden acceder a AutenticA utilizando un certificado electrónico reconocido de persona física o de empleado público. Si no están de alta, deberán solicitar el autoregistro en esa misma página adjuntando el formulario del punto anterior firmado.
  • Certificado electrónico reconocido de persona física o empleado público.
  • Los navegadores compatibles son Microsoft Edge, Chrome 8 o superior y Mozilla Firefox.

Contacto: COAV@pme.hacienda.gob.es

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