Ogasuneko Ministerioa PORTAL INSTITUCIONAL DEL MINISTERIO DE HACIENDA

Buscador de Contenidos

Organismo Autónomo Comisionado para el Mercado de Tabacos.

Paseo de la Habana, 140. 28036-Madrid.

Teléfono de información general: 917 45 75 45

Correo electrónico: info@cmtabacos.hacienda.gob.esIreki leiho berrian

Sitio Web

Titular de la presidencia: Luis Gavira Caballero.

Organigrama del Organismo Autónomo Comisionado para el Mercado de Tabaco

COMPETENCIAS: Artículo 18.12 a) del Real Decreto 682/2021, de 3 de agostoIreki leiho berrian, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda y Función Pública y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

Las competencias del Comisionado para el Mercado de Tabacos se contienen en el artículo 5 de la Ley 13/1998Ireki leiho berrian, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria. De acuerdo con la misma, el Comisionado para el Mercado de Tabacos ejerce funciones de carácter regulador y de vigilancia para salvaguardar la aplicación de los criterios de neutralidad y las condiciones de libre competencia efectiva en el mercado de tabacos en todo el territorio nacional.

En particular el organismo autónomo Comisionado para el Mercado de Tabacos desarrolla, entre otras, las siguientes funciones en los términos que reglamentariamente se determinen:

  • Actuar como órgano de interlocución y relación con los distintos operadores del mercado de tabacos, ya fueren fabricantes, importadores, mayoristas, expendedurías de tabaco y timbre o puntos autorizados para la venta con recargo, y con las organizaciones que les representen.
  • Vigilar para que los diversos operadores, incluidos los minoristas, en el mercado de tabacos actúen en el marco que respectivamente les corresponde según la legislación vigente, ejerciendo a tal fin las facultades de inspección que sean precisas.
  • Emitir informes sobre el cumplimiento de los requisitos previstos en la Ley para el establecimiento de nuevos fabricantes, importadores o mayoristas; así como para el otorgamiento y revocación de expendedurías de tabaco y timbre.
  • Autorizar el establecimiento, en lugares distintos de expendedurías, de puntos de venta al público con recargo.
  • Ejercer la actividad de mantenimiento de la Red de Expendedurías de Tabaco y Timbre en materia de cambios y modificaciones de emplazamiento, licenciamiento de almacenes y otras actuaciones conexas que sean encomendadas al Comisionado por vía reglamentaria.
  • Vigilar la efectiva aplicación de los criterios sanitarios sobre publicidad, consumo y calidad del tabaco, en colaboración con las demás Administraciones públicas competentes salvo en lo que sea competencia exclusiva de tales Administraciones.
  • Velar por que el contenido de las campañas publicitarias se ajuste a lo permitido por la Ley, especialmente en materia de sanidad.
  • Almacenar y custodiar las labores de tabaco aprehendidas o decomisadas en procedimientos de contrabando y proceder a su destrucción.
  • Ejercer las funciones de arbitraje en los conflictos entre operadores que las partes le encomienden, en cuanto no correspondan a otro órgano de la Administración.
  • Recibir las denuncias que se presenten por presunta violación de los principios y de las reglas de libre competencia en el mercado de tabacos y remitirlas a los órganos competentes para su tramitación y resolución.
  • Ejercer la potestad sancionadora en los términos previstos en la Ley.
  • Elaborar estadísticas, preparar informes y formular propuestas en materias del ámbito de sus competencias.
  • Gestionar los recursos adscritos al Comisionado.
  • Cualquiera otra que se le atribuya legal o reglamentariamente por no estar encomendada a otro órgano de las Administraciones públicas.

Ogasun eta Funtzio Publikoko Ministerioa