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El Gobierno aprueba nuevas fórmulas de revisión de precios para contratos públicos

  • El Real Decreto actualiza una normativa que data de hace más de cuarenta años, y la adapta a los procesos modernos de construcción y de suministro de materiales de defensa.

7 de octubre de 2011. El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se aprueban la relación de materiales básicos y las formulas-tipo generales de revisión de precios de los contratos de obras de las Administraciones Públicas y de los de suministro y equipamiento para el Ministerio de Defensa.

La revisión de precios en los contratos públicos tiene como finalidad asegurar al empresario el mantenimiento de las condiciones económicas de la oferta y mantener la viabilidad y el equilibrio del contrato, aunque se produzcan desviaciones en los precios de los materiales y de la energía.

El Real Decreto deroga y sustituye a las diversas normas que han regulado esta materia hasta ahora. Estas normas, algunas de las cuales datan de los años 70, reflejan la estructura de costes de los contratos en el tiempo en que fueron promulgadas, por lo que han perdido eficacia para cumplir su función en la actualidad.

Tras la aprobación de la Ley de Contratos del Sector Público en 2007 se ha desarrollado un intenso proceso de análisis para definir unas nuevas fórmulas, basadas en los componentes de materiales y energía de proyectos de obras y de suministros recientes, que sustituyan a las anteriores.

Como consecuencia de este proceso, se ha incrementado el repertorio de materiales básicos (incluyendo, por ejemplo, productos plásticos o electrónicos), lo que permite una adecuación de las fórmulas a la estructura real de costes de los contratos.

Igualmente, se ha ampliado el número de fórmulas, pasando de 48 a 81 las de revisión de precios de los contratos de obras y de 18 a 26 las de revisión de precios de suministros del Ministerio de Defensa, a fin de permitir que, para cada tipología de contrato, exista una fórmula que se adecue con precisión a su estructura de costes.

Como novedad, derivada de la Ley de Contratos del Sector Público, las fórmulas que se aprueban, a diferencia de las anteriores, no prevén la revisión del coste de la mano de obra.

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