Vencido el plazo para el envío de Declaraciones Responsables de justificación del mantenimiento de la solvencia económica y financiera (CE-SEF) para aquellas empresas cuya fecha de cierre de ejercicio social es el 31 de diciembre, ya no se admiten declaraciones de dichas empresas como medio de justificación de la solvencia económica y financiera. Las Declaraciones Responsables CE-SEF remitidas por empresas cuya fecha de cierre de ejercicio sea el 31 de diciembre, se tendrán por no recibidas.
Aquellas empresas que no hayan remitido la Declaración Responsable deberán aportar a la Subdirección General de Clasificación de Contratistas y Registro de Contratos, CERTIFICACIÓN ORIGINAL DEL REGISTRO MERCANTIL DE DEPÓSITO Y CONTENIDO COMPLETO DE CUENTAS ANUALES.
La solvencia económica y financiera sólo podrá acreditarse con la aportación de la citada certificación original del Registro Mercantil (o Registro Oficial correspondiente, si se trata de una sociedad no mercantil), aportación que deberá efectuarse de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (según lo dispuesto en su apartado 5, si se trata de certificación en papel con firma manuscrita del Registrador).
Alternativamente se admitirán copias electrónicas recibidas DIRECTAMENTE de los Registros Mercantiles. Para ello la sociedad puede dirigirse a la web del Registro Mercantil (www.registradores.org ) y solicitar la remisión a esta Subdirección General de las Cuentas Anuales depositadas en dicho Registro, cumplimentando directamente desde dicha web como lugar de envío de las mismas la siguiente dirección de correo electrónico:
cuentasanuales@patrimoniodelestado.es
Las Cuentas enviadas desde cualquier buzón de correo electrónico distinto del oficial del Registro Mercantil o enviadas a un buzón distinto del indicado, se tendrán por no recibidas.
No es válida la siguiente documentación:
Aquellas empresas cuya fecha de cierre de ejercicio es distinta a 31 de Diciembre, deberán enviar la Declaración Responsable según modelo e instrucciones de firma y remisión , antes del noveno mes posterior a la fecha del citado cierre.